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Funciones de Fondo MIVIVIENDA S.A.
- Articulan el desarrollo del mercado inmobiliario a nivel nacional.
- Financian la adquisición de viviendas a través de las instituciones
financieras.
- Administran el otorgamiento de subsidios para que las familias puedan
acceder a tener su vivienda propia.
- Promoveen el desarrollo de la oferta inmobiliaria a través de la realización
de concursos públicos.
- Promoveen la construcción de viviendas sociales a través de nuestros
programas.
CRÉDITO MIVIVIENDA
¿Cómo puedo obtener un inmueble en el Perú si resido en
el extranjero?
Si se encuentra fuera del país, puede acceder a un Crédito
MIVIVIENDA si cuenta con un familiar directo que resida en el Perú (padres,
hijos, cónyuge, hermanos) enviándole dinero para que pueda adquirir una vivienda
a través del Programa “Quinto Suyo”. 02-12-08
¿Cómo puedo registrar mi Proyecto?
El Fondo MIVIVIENDA no se encarga de la construcción y venta
de inmuebles, sino que promueve el interés de los constructores y promotores
para que dediquen sus recursos a la construcción de viviendas calificables para
el programa. Si usted está interesado en promocionar sus viviendas a través
del Crédito MIVIVIENDA, puede comunicarse gratuitamente al FONOTECHO 080012200.
Si tuviera alguna duda, le recomendamos ponerse en contacto con una entidad
financiera a efectos de tratar el tema del FINANCIAMIENTO y de la autorización
para el uso del logo del Fondo MIVIVIENDA. Finalmente tiene la oportunidad de
registrarse en nuestra página para poder ofrecer su proyecto y participar de
las charlas e invitaciones que promueve el Fondo MIVIVIENDA. 02-12-08
¿Cómo puedo saber cuáles son los proyectos que se ofrecen
a través del Programa Crédito MIVIVIENDA?
La información actualizada sobre la oferta inmobiliaria de
Crédito MIVIVIENDA la puede obtener a través del “Buscador” del Portal del Fondo
MIVIVIENDA así como en la sección de clasificados de los diarios de circulación
nacional; en la medida que el Fondo MIVIVIENDA S.A. no se encarga de la construcción
ni de la venta de viviendas. 02-12-08
¿Cuáles son los requisitos para acceder a un Crédito MIVIVIENDA?
Los requisitos para acceder a un Crédito MIVIVIENDA son:
• Ser mayor de edad, con o sin familia y residir en el Perú. • No tener vivienda
propia ni el cónyuge ni los hijos menores, a nivel nacional. • No haber adquirido,
ninguno de los solicitantes, vivienda financiada y/o garantizada con recursos
del FMV S.A., FONAVI, del Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda, ni
dentro del Programa Techo Propio, aun cuando ya no sean propietarios de la misma.
• Ser calificado como SUJETO DE CRÉDITO por una institución financiera. 02-12-08
¿Dónde se encuentran las oficinas del Fondo MIVIVIENDA?
Usted puede acercarse a cualquiera de nuestros centros de
atención ubicados a nivel nacional: Lima: San Isidro - Av. Paseo de la República
3121; Lima - Jr. Camaná 199. Provincias • Arequipa - Esq. calle Rivero N° 210
con calle Santa Martha N° 200. • Chiclayo - Calle Manuel María Izaga 816. •
Trujillo - Esq. Jr. Independencia 599 y Jr. Gamarra 396. • Huancayo - Calle
Real 983 2° piso. •Piura - Av. Independencia s/n Urb. Miraflores block 10 -
Tienda 03. •Cusco - Av. Garcilazo 806 • Iquitos - Av. Grau 1149. • Ica - Residencial
Ica Mz. A Lote 10 - Prolongación Ayabaca cuadra 5 Urb San Isidro. • Pisco -
Calle San Francisco 251 (primer piso) •Juliaca - Jr. Mariano Nuñez 233 Tienda
12 •Tarapoto - Jr. Rioja 168 2do Piso •Chincha - Jr. Mariscal Sucre 141 •Cañete
- Calle Alfonso Ugarte S/N Galería San Agustin Tda. 26. 02-12-08
¿El Fondo MIVIVIENDA construye?
No, el Fondo MIVIVIENDA no se encarga de la construcción
ni de la venta de viviendas. Los recursos del Fondo MIVIVIENDA, están destinados
a financiar la adquisición y/o construcción de viviendas de interés social,
mediante el sistema de préstamos hipotecarios; así como, el FINANCIAMIENTO de
viviendas que se construyan como consecuencia de la independización de las unidades
inmobiliarias ("aires" de un segundo piso), o la construcción sobre
terreno propio. 02-12-08
¿El Fondo MIVIVIENDA financia la compra de terrenos?
No, los recursos del Fondo MIVIVIENDA están destinados a
financiar lo siguiente: 1. La adquisición de viviendas terminadas o en proceso
de construcción, en primera venta 2. La construcción de vivienda sobre aires
independizados 3. La construcción de viviendas en terreno propio a cargo de
un constructor y/o PROMOTOR. 02-12-08
¿El IGV se aplica a las viviendas financiadas por el Crédito
MIVIVIENDA?
Si, ya que este IMPUESTO grava entre otras operaciones: la
PRIMERA VENTA de inmuebles que realizan los constructores de los mismos. En
este sentido, es considerado constructor aquella persona que se dedique en forma
habitual a la venta de inmuebles construidos totalmente por ella o que hayan
sido construidos total o parcialmente por un tercero para ella. Se presume que
existe habitualidad cuando el vendedor realiza la venta de por lo menos dos
inmuebles dentro de un período de 12 meses, debiéndose aplicar a partir de la
segunda transferencia. Aqui debemos de tener en cuenta que la transferencia
de bienes usados que efectúen las personas naturales o jurídicas que no realicen
actividad empresarial no se encuentra gravada por este IMPUESTO. La obligación
de pagar el IGV nace en la PRIMERA VENTA de inmuebles, cuando se percibe el
precio, ya sea parcial o total. En el caso de venta de inmuebles, la base imponible
está constituida por el ingreso percibido, con exclusión del correspondiente
valor actualizado del terreno(que se presume que es el 50% del valor total de
inmueble). La Tasa del IMPUESTO es de 17%, pero dado que se aplica en forma
conjunta con el IMPUESTO de Promoción Municipal (IPM), que es de 2%, el porcentaje
total que se aplica es igual a 19%. Se encuentra exonerada del pago del IGV
(y del IPM) la PRIMERA VENTA de inmuebles que realicen los constructores de
los mismos, cuyo valor de venta no supere las 35 UIT, siempre que sean destinadas
exclusivamente a vivienda y que cumplan con la presentación de la solicitud
de Licencia de Construcción admitida por la Municipalidad correspondiente, de
acuerdo a lo señalado por la Ley Nº 27157 y su reglamento. 02-12-08
¿El Impuesto de Alcabala se aplica a las viviendas financiadas
por el Crédito MIVIVIENDA?
Este IMPUESTO grava las transferencias de propiedad de bienes
inmuebles urbanos o rústicos, a título oneroso (compra-venta, adjudicación etc.)
o gratuito, cualquiera sea la forma de transferencia o modalidad de pago, inclusive
las ventas con reserva de dominio, de acuerdo a lo que establezca el reglamento.
En este sentido, no existe ninguna exoneración expresa para todas las viviendas
adquiridas con un Crédito MIVIVIENDA. La Tasa del IMPUESTO es de 3% y se aplica
sobre el valor de transferencia del inmueble, el que no puede ser menor al valor
del autovalúo del inmueble del ejercicio en que se produce la transferencia.
Asimismo, las primeras 10 UIT (el valor de una UIT es igual a S/. 3,450) del
valor del inmueble no se encuentran afectas a este IMPUESTO. Este IMPUESTO debe
ser pagado hasta el último día hábil (no incluye sábados ni domingos ni feriados)
del mes siguiente a la fecha de la transferencia (fecha del contrato o instrumento
que refleja la transferencia del bien), ya que, de lo contrario, el contribuyente
deberá pagar las moras y multas correspondientes. En el caso de las primeras
ventas de vivienda realizadas por las empresas constructoras, sus compradores
solo pagarán el IMPUESTO de Alcabala por la parte correspondiente al valor del
terreno. 02-12-08
¿El Impuesto Predial se aplica a las viviendas financiadas
con el Crédito MIVIVIENDA?
Sí. El IMPUESTO Predial grava el valor de los predios urbanos
y rústicos; por ello, las viviendas y establecimientos independizados vendidos
con un crédito MIVIVIENDA se encuentran afectos al pago de este IMPUESTO. Aquellos
que están obligados a pagarlo son las personas naturales o jurídicas que sean
propietarias, y dado que el IMPUESTO es de pago anual, al contribuyente le corresponde
pagar el 1 de enero del año siguiente de efectuada la venta. 02-12-08
¿Las Entidades Financieras me prestan el 100% del valor
del inmueble que deseo adquirir?
No, estas entidades financieras prestan hasta el 90% del
costo del inmueble, por lo que debes cancelar el 10% del valor del inmueble,
que es la cuota mínima inicial. 02-12-08
¿Para qué sirve el seguro de Desgravamen?
Con este seguro el beneficiario se obliga a contratar y mantener
vigente un seguro de desgravamen, a favor exclusivamente de la IFI, quien cobra
directamente la INDEMNIZACIÓN que deba pagar la compañía de seguros para aplicarlo
al pago del monto adeudado a la muerte del deudor beneficiario. 02-12-08
¿Qué debo hacer para inscribir la hipoteca?
Para inscribir la HIPOTECA la vivienda deberá estar independizada
definitivamente en una PARTIDA REGISTRAL, por lo que antes sólo podrá inscribirse
el contrato de compra venta, mas no la HIPOTECA. -Título que da mérito a la
hipoteca: ESCRITURA PÚBLICA (Parte Notarial) o Formulario Registral aprobado
para la inscripción de la transferencia de propiedad financiadas con un crédito
MIVIVIENDA. -Requisitos: ESCRITURA PÚBLICA (Parte Notarial) o el Formulario
Registral que incluye una cláusula de HIPOTECA aprobados para las transferencias
financiadas con un crédito MIVIVIENDA con firmas autenticadas por Notario Público.
La HIPOTECA debe constituirla el PROPIETARIO, debiendo éste tener su dominio
inscrito en el Registro donde solicite la inscripción de la HIPOTECA. - En el
caso que el PROPIETARIO actúe a través de un representante.- Se requiere que
conste en forma indubitable la facultad para gravar inmuebles y por ESCRITURA
PÚBLICA debidamente inscrita en el Registro de Mandatos y Poderes. - Cuando
se trate de representante de personas jurídicas,.- En este caso el otorgamiento
de facultades debe constar en la partida de la respectiva persona jurídica.
02-12-08
¿Qué Entidades Financieras financian el Programa “Quinto
Suyo”?
Actualmente, las entidades financieras que están participando
son el Banco de Crédito del Perú, Interbank, Banco Continental y Banco de Comercio.
02-12-08
¿Qué es el Certificado Negativo de Propiedad?
Es el documento expedido por los Registros Públicos que acredita
que determinada persona no posee bienes inmuebles inscritos en el Registro Propiedad
Inmueble. 02-12-08
¿Qué es el Contrato de Crédito Hipotecario?
Es el contrato, suscrito entre la Institución Financiera
Intermediaria (IFI) y el beneficiario, por el cual la IFI le otorga una cantidad
de dinero con la finalidad exclusiva de financiar la construcción o adquisición
de la vivienda. En razón a este crédito, la vivienda que se compra o construye
es hipotecada a favor de la IFI en garantía del mencionado crédito. 02-12-08
¿Qué instituciones financieras ofrecen el Crédito MIVIVIENDA?
Actualmente puede solicitar información en diversas instituciones
financieras: Banco Interbank, Scotiabank, Banco Continental BBVA, Mi Casita
Hipotecaria, Banco de Comercio, Banco de Crédito, Banco Financiero, Banco Interamericano
de Finanzas, Caja Metropolitana de Lima, Financiera CMR, Edpyme Confianza, CMAC
Trujillo, CMAC del Santa, CRAC Prymera, CRAC CREDINKA, entre otras. 02-12-08
¿Qué me permite el Crédito MIVIVIENDA?
El Crédito MIVIVIENDA le permite financiar: - La adquisición
de viviendas terminadas o en cualquier etapa de construcción, que sean de PRIMERA
VENTA. - La adquisición de viviendas que se construyan como consecuencia de
la independización de las unidades inmobiliarias, división de terrenos o la
terminación de proyectos de habilitación urbana en ejecución. - La construcción
de viviendas en terreno a cargo de un PROMOTOR y/o constructor. El costo total
de la vivienda que desee adquirir debe encontrarse entre 25 UITs hasta 50 UITs.
02-12-08
¿Se puede hipotecar una vivienda que está en construcción?
Si la vivienda se encuentra en planos o en proceso de construcción,
la HIPOTECA recién podrá inscribirse al momento que la vivienda tenga una PARTIDA
REGISTRAL independiente. En caso que se incumpla con las obligaciones pactadas
en el contrato, la IFI iniciará un proceso de ejecución de garantías, que permita
la venta del bien, cuyo producto servirá para cancelar la deuda impaga, más
los INTERESES COMPENSATORIOS devengados. 02-12-08
¿Cómo demuestro que no tengo propiedades?
Al momento de solicitar un Crédito MIVIVIENDA, la IFI le
requerirá que acredite, entre otros, que usted y en su caso, su esposo(a) e
hijos menores de edad no sean propietarios de una vivienda a nivel nacional,
para lo cual deberá presentar los respectivos Certificados Negativos de Propiedad,
los mismos que deberá tramitar ante los Registros Públicos. Una vez calificado
por la IFI como beneficiario de un Crédito MIVIVIENDA deberá tener en cuenta
que realizará diferentes trámites ante dicho registro, antes y después de efectuada
la compra del inmueble. La dirección de las Oficinas Registrales las puede encontrar
en la siguiente dirección electrónica: http://www.SUNARP.gob.pe/ubicacion00.asp.
02-12-08
PROYECTO MIHOGAR
¿Cuál es el plazo de pago del Crédito Proyecto MiHOGAR?
El PLAZO de pago es desde 10 y hasta 30 años (sin incluir periodo de gracia
en caso de Bien Futuro). 02-12-08
¿Cuál es la tasa de interés?
La tasa de interés es fija durante la vida del préstamo y en nuevos soles,
la misma que es establecida por la Institución Financiera. 02-12-08
¿Cuáles son los beneficios del Crédito Proyecto MiHOGAR?
El fondeo del Crédito Proyecto MiHOGAR procede del Fondo MIVIVIENDA S.A.
El PREMIO AL BUEN PAGADOR de S/.10,000 nuevos soles por la puntualidad en sus
pagos de acuerdo al cronograma. La tasa de interés es fija y en nuevos soles.
Tiene la posibilidad de financiar hasta el 100% del valor del inmueble de acuerdo
a la política de la Institución Financiera. Plazo de pago desde 10 y hasta 30
años (sin incluir periodo de gracia en caso de Bien Futuro). 02-12-08
¿Cuáles son los requisitos para acceder al Crédito Proyecto MiHOGAR?
Los requisitos para acceder al Crédito Proyecto MiHOGAR son: - Ser mayor
de edad, con o sin familia y residir en el Perú. - No tener vivienda propia
ni el cónyuge ni los hijos menores de edad de ser el caso . - No haber adquirido,
ninguno de los solicitantes, vivienda financiada y/o garantizada con recursos
del FMV S.A., FONAVI, del Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda, ni
dentro del Programa Techo Propio, aun cuando ya no sean propietarios de la misma.
- Ser calificado como SUJETO DE CRÉDITO por una institución financiera. 02-12-08
¿Cuánto debo ganar para acceder al crédito?
Lo suficiente para calificar ante la Entidad Financiera. 02-12-08
¿Cuánto tengo que tener de cuota inicial?
Debe contar con el 10% del valor de la vivienda como mínimo. Sin embargo,
la IFI, de acuerdo a sus políticas de crédito, podrá prescindir de esta condición.
02-12-08
¿Dónde están ubicados los proyectos?
Si usted está interesado en adquirir una vivienda a través del Crédito Proyecto
MiHOGAR, podría revisar la oferta inmobiliaria en la sección de clasificados
del diario El Comercio los días domingo, por ejemplo; en la medida que el Fondo
MIVIVIENDA S.A. no se encarga de la construcción ni de la venta de viviendas.
02-12-08
¿Qué Instituciones Financieras otorgan el Crédito Proyecto MiHOGAR?
Puede solicitar información en la CAC San Martin de Porres, CMAC Paita, Comercio,
Banco Continental, Banco de Crédito, Edpyme Mi Casita, Banco Financiero, Interbank,
Scotiabank, CMAC Huancayo, MiBAnco y Financiera TFC SA; que actualmente trabajan
con este programa a fin de que pueda comparar tasas de interés, comisiones,
seguros, etc., y determine cuál de ellas le ofrece las mejores condiciones de
acuerdo a sus requerimientos; para ello, deberá tener en cuenta que cada Institución
Financiera evalúa el otorgamiento del crédito en base a sus políticas internas
de FINANCIAMIENTO. 02-12-08
¿Qué tipo de viviendas puedo adquirir a través del Crédito Proyecto MiHOGAR?
A través de este crédito puedes financiar la adquisición de BIENES FUTUROS
o terminados, que sean de PRIMERA VENTA, cuyo valor sea mayor a 14 UIT (S/ 49,001)
y no exceda las 25 UIT (S/. 87,500). 02-12-08
TECHO PROPIO
¿ Si hace años no vivo con mi esposo y no me ayuda económicamente,
puedo postular sola?
Legalmente sigue siendo casada, su esposo todavía es su familia,
por lo que la norma exige que debe registrar a todo su GRUPO FAMILIAR, ambos
tienen que inscribirse. 02-12-08
¿Cómo puedo saber cuáles son los proyectos que se ofrecen
a través del Programa Techo Propio?
Usted podrá conocer qué proyectos Techo Propio se encuentran
disponibles en cada Departamento solicitando información en cualquiera de nuestros
centros de atención, en nuestra página Web: www.techopropio.gob.pe: Mapa de
Oferta de Proyectos, o llamando gratuitamente al Fonotecho 0-800-12200. 02-12-08
¿Cómo se dispone de la CTS en el caso de Techo Propio?
El trabajador podrá utilizar en forma excepcional y por una
sola vez, hasta el 80% del monto acumulado de la CTS para el AHORRO exigible
y se acreditará con la constancia que emita la entidad financiera depositaria
de la CTS, en la que se consigne el importe.02-12-08
¿Cuál es el Beneficio del Programa Techo Propio?
El beneficio principal del programa es el Bono Familiar Habitacional
- BFH, el cual es otorgado por una sola vez a los beneficiarios, con criterio
de utilidad pública, sin cargo de restitución por parte de éstos, y que constituye
un incentivo y complemento de su AHORRO, y de su esfuerzo constructor.02-12-08
¿Cuál es el monto del Bono Familiar Habitacional (BFH)?
Para Adquisición de Vivienda Nueva - AVN el BFH es de S/.17,500
(5 UIT) ó S/ 10,500 (3 UIT), dependiendo del valor de la vivienda, esta modalidad
permite comprar una vivienda que se construya dentro de los Proyectos registrados
en Techo Propio. Para CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO - CSP el BFH es de S/. 16,750.00
nuevos soles, esta modalidad permite la construcción en un terreno de tu propiedad
inscrito en Registros Públicos sin cargas de gravámenes. Para MEJORAMIENTO DE
VIVIENDA - MV el BFH es de S/. 6,700.00 nuevos soles, esta modalidad permite
realizar mejoras en tu vivienda. 02-12-08
¿Cuál es el valor de las viviendas que puedo comprar en
Techo Propio?
Las viviendas en Techo Propio tienen un valor desde 5.5 UIT
(S/ 19,250) hasta 14 UIT (S/49,000) dependiendo del Proyecto. 02-12-08
¿Cuáles son los requisitos para acceder al Programa Techo
Propio en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva?
Los requisitos para acceder a una vivienda nueva a través
de este programa son los siguientes: 1.- Conformar un GRUPO FAMILIAR, que debe
constar de un JEFE DE FAMILIA con alguno o varios de los siguientes integrantes:
-Esposa o conviviente sin impedimento para casarse – Hijos o nietos menores
de 25 años – Hijos o nietos mayores de 25 años discapacitados -Padres, abuelos
de los jefes de familia 2.- Tener ingreso familiar promedio menor a S/. 1,575
nuevos soles (0.45 UIT) netos al mes. 3.- No haber recibido apoyo habitacional
del Estado ya sea por FONAVI, ENACE, Banco de Materiales o Fondo MIVIVIENDA.
4.- No tener vivienda propia ni terreno apto para vivienda. 02-12-08
¿Cuáles son los requisitos para acceder al Programa Techo
Propio en la modalidad de Construcción en Sitio Propio?
Los requisitos para acceder a esta modalidad son los siguientes:
1.- Conformar un GRUPO FAMILIAR, que debe constar de un JEFE DE FAMILIA con
alguno o varios de los siguientes integrantes: - Esposa o conviviente sin impedimento
para casarse - Hijos menores de 25 años - Hijos mayores de 25 años discapacitados
- Padres, abuelos, nietos de los jefes de familia 2.- Tener ingreso familiar
promedio menor a S/. 1,360.00 nuevos soles netos al mes 3.- No haber recibido
apoyo habitacional del Estado ya sea por FONAVI, ENACE, Banco de Materiales
o Fondo MIVIVIENDA. 4.- Ser PROPIETARIO del terreno donde se ejecutará la construcción
y no ser PROPIETARIO de otra vivienda ni terreno a nivel nacional. El terreno
debe estar inscrito en Registros Públicos a nombre del JEFE DE FAMILIA sin cargas
ni gravámenes. 02-12-08
¿Cuáles son los requisitos para acceder al Programa Techo
Propio en la modalidad de Mejoramiento de Vivienda?
Los requisitos para acceder a este programa son los siguientes:
1.- Conformar un GRUPO FAMILIAR, que debe constar de un JEFE DE FAMILIA con
alguno o varios de los siguientes integrantes: -Esposa o conviviente sin impedimento
para casarse -Hijos menores de 25 años -Hijos mayores de 25 años discapacitados
-Padres, abuelos, nietos de los jefes de familia 2.- Tener ingreso familiar
promedio menor a S/. 1,360.00 nuevos soles netos al mes 3.- No haber recibido
apoyo habitacional del Estado ya sea por FONAVI, ENACE, Banco de Materiales
o Fondo MIVIVIENDA. 4.- Ser PROPIETARIO de la vivienda donde se ejecutará las
mejoras y no ser PROPIETARIO de otra vivienda ni terreno a nivel nacional. La
vivienda debe estar inscrita en Registros Públicos a nombre del JEFE DE FAMILIA
sin cargas ni gravámenes. El valor del presupuesto de obra será de S/. 7,390.00
nuevos soles 02-12-08
¿El Fondo MIVIVIENDA construye?
No, el Fondo MIVIVIENDA no se encarga de la construcción
ni de la venta de viviendas. Los recursos del Fondo MIVIVIENDA, están destinados
a financiar la adquisición y/o construcción de viviendas de interés social,
mediante el sistema de préstamos hipotecarios; así como, el FINANCIAMIENTO de
viviendas que se construyan como consecuencia de la independización de las unidades
inmobiliarias ("aires" de un segundo piso), o la construcción sobre
terreno propio. 02-12-08
¿El Fondo MIVIVIENDA financia la compra de terrenos?
No, los recursos del Fondo MIVIVIENDA están destinados a
financiar lo siguiente: 1. La adquisición de viviendas terminadas o en proceso
de construcción, en PRIMERA VENTA 2. La construcción de vivienda sobre aires
independizados 3. La construcción de viviendas en terreno propio a cargo de
un constructor y/o PROMOTOR. 02-12-08
¿El Fondo MIVIVIENDA sortea viviendas?
No, a través del Programa Techo Propio no se sortean viviendas.
El Bono Familiar Habitacional, destinado para la adquisición de viviendas, se
otorga en función a un proceso de registro y verificación de aquellas personas
que se han registrado y cumplen con todos los requisitos señalados anteriormente.
02-12-08
¿Las Entidades Financieras me prestan el 100% del valor
del inmueble que deseo adquirir?
No, estas entidades financieras prestan hasta el 90% del
costo del inmueble, por lo que debes cancelar el 10% del valor del inmueble.
02-12-08
¿Los convivientes pueden acceder al Programa Techo Propio?
Sí. Si tú y tu pareja llevan juntos más de dos años continuos
y no tienen impedimento para casarse podrán participar en el Programa Techo
Propio luego de presentar una Declaración Jurada de Unión de Hecho o Convivencia.
02-12-08
¿Necesito solicitar un crédito para el pago de la Vivienda?
Si con la suma del Bono Familiar Habitacional más tu cuota
inicial no cubres el valor de la vivienda, puedes solicitar un crédito complementario,
para ello puedes recurrir al Banco Interbank y solicitar un crédito complementario
Techo Propio. 02-12-08
¿Qué debo hacer luego de inscribirme en la Modalidad de
Construcción en Sitio Propio?
Deberás contactarte con una ENTIDAD TÉCNICA que se encuentre
registrada en el Fondo MIVIVIENDA S.A. y que estará a cargo de la construcción,
ellos visitaran tu terreno y realizarán un informe así como un presupuesto de
la construcción. Recuerda que deberás tener un AHORRO de S/2,490 nuevos soles
(incluido el valor del terreno). 02-12-08
¿Qué debo hacer luego de inscribirme en la Modalidad de
Mejoramiento de Vivienda?
Deberás contactarte con una ENTIDAD TÉCNICA que se encuentre
registrada en el Fondo MIVIVIENDA S.A. y que estará a cargo de las obras de
mejoramiento, ellos se acercaran a tu vivienda y realizaran un informe así como
un presupuesto de las mejoras a realizar. Recuerda que deberás ahorrar S/. 690.00
nuevos soles. 02-12-08
¿Qué debo hacer mientras ubico un Proyecto que me interesa?
Debes empezar a ahorrar como mínimo el 10% del Valor de la
Vivienda para ello puedes abrir una Cuenta AHORRO TECHO en el Banco Interbank
donde podrás ir abonando de acuerdo a tus posibilidades hasta reunir el monto
que necesitas. 02-12-08
¿Qué debo hacer para postular al programa Techo Propio?
Si usted cumple con los requisitos para la modalidad a la
que desea postular puede acercarse con el original y copia simple de su DNI
(en caso sea casado o conviviente deben acercarse ambos) a nuestras oficinas
o agencias del Banco de Materiales en su ciudad, con la finalidad de solicitar
su inscripción en el registro. Es importante contar con los datos completos
de todos los integrantes de su GRUPO FAMILIAR. 02-12-08
¿Qué es el Contrato de Compra – Venta?
Es el contrato en el que el vendedor se obliga a transferir
la propiedad de la vivienda al comprador y este a pagar su precio. En este contrato
se precisa la determinación de la vivienda materia de transferencia, sus características
(terminada, en construcción o en planos, ubicación, área, número de dormitorios,
acabados, si tiene estacionamiento, si te venden o no los “aires”; si está libre
de cargas y gravámenes), PARTIDA REGISTRAL donde se encuentra inscrita, porcentaje
de participación en la propiedad de bienes y servicios comunes, linderos. Asimismo,
la determinación del precio de venta y forma de pago. 02-12-08
¿Qué es Techo Propio?
Techo Propio es un programa creado bajo el ámbito del Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento cuyo objetivo principal es promover,
facilitar y/o establecer los mecanismos adecuados y transparentes que permitan
el acceso de los sectores populares a una vivienda digna, en concordancia con
sus posibilidades económicas. 02-12-08
¿Qué puedo hacer si el inmueble que he adquirido presenta
desperfectos?
Ante un reclamo de este tipo, debe: 1. Resolver el problema
con el PROVEEDOR, para cuyo caso deberá acercarse al PROMOTOR con quien celebró
el contrato de compra – venta, a fin de solucionar el problema. 2. Poner el
hecho en conocimiento del Fondo MIVIVIENDA S.A. 02-12-08
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